La ley de costas española prohíbe el acceso a animales a las playas calificadas como públicas (son las que tienen servicios, como papeleras, recogida de basuras…).
Por tanto, no está permitida la presencia de perros en las playas, salvo excepciones, como el caso de perros guía de invidentes o, por ejemplo, algunas normativas municipales que permiten ir acompañados de perros entre las 10h00 y las 17h00 entre el 1 de abril y el 23 de mayo si va con correa; o entre el 27 de mayo y el 2 de septiembre fuera de las horas de mayor concurrencia (de 10h00 a 17h00)
Es decir, que si sabéis de una playa poco frecuentada, sin servicios y alejada de los núcleos urbanos, entonces tal vez podáis ir con vuestro perro, pero mejor aseguraos porque la multa puede salirte por más de 1.000 euros.
¡¡¡Reivindiquemos playas para perros ya¡¡¡
Por tanto, no está permitida la presencia de perros en las playas, salvo excepciones, como el caso de perros guía de invidentes o, por ejemplo, algunas normativas municipales que permiten ir acompañados de perros entre las 10h00 y las 17h00 entre el 1 de abril y el 23 de mayo si va con correa; o entre el 27 de mayo y el 2 de septiembre fuera de las horas de mayor concurrencia (de 10h00 a 17h00)
Es decir, que si sabéis de una playa poco frecuentada, sin servicios y alejada de los núcleos urbanos, entonces tal vez podáis ir con vuestro perro, pero mejor aseguraos porque la multa puede salirte por más de 1.000 euros.
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